El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), mediante Resolución N° 000869-2010-JNE, anuló la Resolución N°00004-20-2010 del Jurado Electoral Especial Lima Centro (JEELC) que declaraba infundada la tacha presentada contra Alexander Kouri Bumachar, candidato a alcalde del Concejo Provincial de Lima, por lo que deberá emitir un nuevo pronunciamiento.
La decisión del JNE se fundamenta en que la referida resolución emitida por el JEELC no explica de qué manera la hoja de consulta de RUC y la información de EsSalud de Alexander Kouri le causan convicción de que el candidato se encuentre en el caso de domicilio múltiple.
Asimismo, se observa que el JEELC no se ha pronunciado respecto del argumento principal del autor de la tacha, Alberto Benigno Espinoza Najarro, concerniente a la existencia de incompatibilidad entre el domicilio múltiple con la residencia efectiva en la provincia del Callao de Alexander Kouri, al haber ostentado el cargo de Presidente Regional de esta región durante el periodo 2007-2010.
Ambas razones se fundamentan en el principio jurisdiccional de la debida motivación de las resoluciones judiciales (artículo 139, numeral 139.5 de la Constitución), según el cual se exige la existencia de un razonamiento jurídico explícito que indique la forma en que se apliquen las normas a los hechos de un caso concreto.
La aplicación de este principio implica que el JEELC vuelva a pronunciarse en primera instancia, en virtud de lo cual podrá considerar los argumentos expuestos en la resolución del JNE o pedir se agregue documentación respectiva a las partes que intervienen en este proceso.
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