Mediante una simple Acción de
Amparo se trae abajo resolución de vacancia de Oscar Ugarte.
En medio de una serie de especulaciones en el
distrito de San Marcos, Huari, Ancash y el país entero por el retorno del señor
Oscar Ugarte a la alcaldía del distrito más rico de Ancash, donde ya se
encuentra despachando pese a que nadie le entregó el cargó oficialmente, quien
fue la persona que le firmo su Acción de Amparo.
Según fuentes dignas de crédito,
este importante documento que ha devuelto a Ugarte al sillón edil de San
Marcos, es simplemente la jueza Carmen Jhonna Chuna Lippe Especialista Legal
del Tercer del Juzgado Constitucional Civil de Lima, de la Corte Superior de
Lima. Quien en su parte resolutiva dice lo siguiente: Decisión, Declarar
fundada la demanda interpuesta por don Oscar Nemesio Ugarte Salazar contra el
Jurado Nacional de Elecciones, Declarando nula las resoluciones 0724-2012-JNE y
la resolución 00959-2012-JNE, retrotrayendo al estado de cosas de los derechos
fundamentales del demandante y por lo tanto devolviéndole el cargo de alcalde del distrito de San
Marcos, provincia de Huari, departamento de Ancash por el periodo 2011-2014.
Disponiendo que el Jurado
Nacional de Elecciones actué de acuerdo a sus atribuciones por formar parte de
estas pretensiones a favor del demandante,
Especialista Legal del Tercer del Juzgado Constitucional Civil de Lima,
de la Corte Superior de Lima jueza Carmen Jhonna Chuna Lippe.
En otra parte del presente
documento también indica, que dentro del
contenido de esta controversial Acción de Amparo declarado fundado por
la jueza Chuna Lippe, dice, expediente 23471-2012, Acción de Amparo, demando
Jurado Nacional de Elecciones, Procurador Publico del J.N.E. demandante Oscar
Nemesio Ugarte, Resolución número 4, lima 29 de enero del 2013, que resulta de
autos, Oscar Ugarte interpone acción de amparo en contra del Jurado Nacional de
Elecciones a fin de que se declare nula la resolución 00959-2012 emitida por
dicho ente, que declaro su vacancia y que en mayoría declaro infundada la
apelación interpuesta por mi persona.
Decisión; Resolviendo la
controversia, Primero que antes de analizar el problema de fondo de la
controversia planteada es preciso evaluar este punto con el fin de no violar
los derechos fundamentales alegados por el demandante que habrían permitido al
Jurado Nacional de Elecciones emitir la resolución 00959-2012-JNE.
1 comentario:
El delincuente Oscar Ugarte Practicamente ASALTO el municipio incurriendo al DELITO aamparandose en una sentencia del PODER JUDICIAL pisoteando al PODER AUTONOMO del JNE donde ya se pronuncio y dio su SENTEENCIA que es INAPELABLE por ley. Entonces quienes son los otros Delincuentes que autorizan que estan dentro del poder judicial y la fisclia para movilizar tantos efectivos y ASALTAR las instalaciones del municipio y tomarse el atrevimiento de dar su discurso en la puerta del municipio y luego celebrar su SUPUESTO TRIUNFO pisotendo la DEMOCRACIA y la SOBERANIA SAN MARQUINA dejo la justicia en manos del JNE y que se restasblesca el orden y la DEMOCRACIA en nuestro pueblo. Y a HUARI NOTICIAS para que nos informe y atravez de este medio se respete la SOBERANIA de todos los San Maquinos.
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